REIBP: Prorroga para adherir al régimen

La AFIP ha extendido el plazo hasta el 31 de octubre para presentar la declaración jurada del “Régimen Especial de Ingreso del Impuesto sobre los Bienes Personales” (REIBP), formulario F.3339. Esta extensión fue solicitada por el Ministerio de Economía y se oficializó a través de la resolución general 5588.


¿A quiénes afecta esta medida?

   •       Aquellos que se hayan adherido al REIBP antes del 30 de septiembre y aún no hayan completado el trámite.

   •       Quienes hayan presentado la declaración jurada del Impuesto sobre los Bienes Personales correspondiente al año fiscal 2023 hasta esa misma fecha y ahora quieran aprovechar los beneficios del REIBP.


Nuevos plazos:

   •       Hasta el 28 de octubre para realizar el pago inicial, en caso de que no se hayan cumplido todas las obligaciones del régimen.

   •       Hasta el 31 de octubre para presentar la declaración jurada F.3339 y, si corresponde, pagar cualquier saldo o incremento adicional.


¿Qué es el REIBP?

Este régimen permite a los contribuyentes pagar de manera consolidada el Impuesto sobre los Bienes Personales por varios años fiscales, hasta el 31 de diciembre de 2027. Es una adhesión voluntaria e individual, válida tanto para bienes que no fueron regularizados como para los que sí lo fueron.

Beneficios del REIBP:

   •       Estabilidad fiscal hasta 2038.

   •       Exención de cumplir con obligaciones futuras del impuesto, como anticipos y declaraciones juradas.

   •       Los aumentos en el patrimonio no generarán más impuestos, salvo en casos específicos como donaciones.


En resumen, esta extensión te da más tiempo para completar el trámite y aprovechar los beneficios del REIBP.

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